{"id":2101,"date":"2024-05-13T16:47:44","date_gmt":"2024-05-13T19:47:44","guid":{"rendered":"https:\/\/vecinosdelinterior.com\/?p=2101"},"modified":"2024-05-13T16:48:29","modified_gmt":"2024-05-13T19:48:29","slug":"condenaron-a-un-hombre-que-lesiono-a-otro-con-un-arma-de-fuego-en-papagayos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/vecinosdelinterior.com\/index.php\/2024\/05\/13\/condenaron-a-un-hombre-que-lesiono-a-otro-con-un-arma-de-fuego-en-papagayos\/","title":{"rendered":"Condenaron a un hombre que lesion\u00f3 a otro con un arma de fuego en Papagayos"},"content":{"rendered":"\n<p><\/p>\n\n\n\n<p>G.H.S. fue condenado a la pena de 1 a\u00f1o de prisi\u00f3n en suspenso, accesorias de ley y costas procesales. Adem\u00e1s, deber\u00e1 abonar una multa de 10 mil pesos y abstenerse de concurrir a los lugares que frecuente el damnificado.<\/p>\n\n\n\n<p>Este lunes, se llev\u00f3 a cabo un juicio abreviado para definir la situaci\u00f3n procesal de G.H.S., un hombre de 31 a\u00f1os acusado como autor del delito de lesiones leves agravadas por el uso de arma de fuego, en concurso real con el delito de tenencia y portaci\u00f3n de arma de fuego de uso civil.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>RESUMEN DEL HECHO<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El hecho juzgado ocurri\u00f3 el 27 de agosto de 2022, en la localidad de Papagayos.<\/p>\n\n\n\n<p>Alrededor de las 23:30 hs., una persona llam\u00f3 a la polic\u00eda dando aviso que se escuchaban gritos en inmediaciones de la escuela. Un efectivo policial se comision\u00f3 hasta el lugar, donde G.S.H. le manifest\u00f3 que se encontraba en su vivienda junto a su pareja y sus hijos, cuando escuch\u00f3 que alguien llamaba desde afuera golpeando las manos. Al asomarse, vio que un hombre salt\u00f3 la cerca perimetral mientras le profer\u00eda gritos y amenazas.<\/p>\n\n\n\n<p>Ante esa situaci\u00f3n, tom\u00f3 su pistola Bersa calibre 22 y le efectu\u00f3 tres disparos a la altura de las piernas.<\/p>\n\n\n\n<p>El damnificado logr\u00f3 huir y fue auxiliado por una persona que lo traslad\u00f3 hasta el Hospital de Concar\u00e1n. Posteriormente, fue derivado al Nosocomio de la Villa de Merlo.<\/p>\n\n\n\n<p>Al momento del examen m\u00e9dico, el forense judicial observ\u00f3 que el hombre ten\u00eda dos proyectiles incrustados en la pierna derecha y un tercero en el muslo izquierdo. Tambi\u00e9n indic\u00f3 que las lesiones no hab\u00edan comprometido ning\u00fan \u00f3rgano vital, y que el tiempo de inhabilitaci\u00f3n y curaci\u00f3n de las mismas era de 20 d\u00edas.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>JUICIO ABREVIADO<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Este 13 de mayo, las partes informaron al tribunal su voluntad de finalizar el proceso mediante un juicio abreviado.<\/p>\n\n\n\n<p>El magistrado sorteado para dirigir el debate, fue el Dr. Daniel Sanchi\u00f1o, asistido por la Secretaria subrogante de la Sala Penal, Dra. Olga del Carmen S\u00e1nchez.<\/p>\n\n\n\n<p>En representaci\u00f3n del Ministerio P\u00fablico Fiscal, intervino la Dra. D\u00e9bora Roy Gitto; y como abogada defensora actu\u00f3 la Dra. Claudia Susana Andrada.<\/p>\n\n\n\n<p>En el acuerdo presentado y ratificado ante el juez, G.H.S. reconoci\u00f3 la existencia del hecho y su autor\u00eda en el mismo, aceptando la imposici\u00f3n de una pena de prisi\u00f3n en suspenso; el pago de la multa prevista en el art\u00edculo 189 bis del C\u00f3digo Penal por tenencia ilegal de arma de uso civil; y el cumplimiento de determinadas reglas de conducta.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cLa simple tenencia de armas de fuego de uso civil, sin la debida autorizaci\u00f3n legal, ser\u00e1 reprimida con prisi\u00f3n de 6 (SEIS) meses a 2 (DOS) a\u00f1os y multa de MIL PESOS ($ 1.000.-) a DIEZ MIL PESOS ($ 10.000.-)\u201d (Art\u00edculo 189 bis, C\u00f3digo Penal de la Naci\u00f3n Argentina).<\/p>\n\n\n\n<p>Luego de considerar las constancias de la causa y la procedencia del juicio abreviado, el magistrado resolvi\u00f3 homologar el acuerdo convenido por las partes y dictar, en consecuencia, el siguiente veredicto:<\/p>\n\n\n\n<p>Declarar a G.H.S. culpable como autor material y penalmente responsable del delito de lesiones leves agravadas por el uso de arma de fuego en concurso real con el delito de tenencia y portaci\u00f3n ilegal de arma de fuego de uso civil sin la debida autorizaci\u00f3n legal; aplic\u00e1ndole una condena de un a\u00f1o de prisi\u00f3n en suspenso, accesorias legales y costas procesales, y el pago de la suma de 10 mil pesos en concepto de multa.<\/p>\n\n\n\n<p><strong><em>Asimismo, le impuso las siguientes pautas de conducta:<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Fijar residencia y comunicar cualquier cambio de domicilio al juzgado interviniente.<br>Abstenerse de concurrir a lugares a los que frecuente o asista el damnificado por el t\u00e9rmino del cumplimiento de la pena, es decir, por el plazo de un a\u00f1o.<br>Finalmente, orden\u00f3 el decomiso del arma utilizada para cometer el delito para su posterior destrucci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Como la regla del nuevo C\u00f3digo Procesal Penal de la provincia es la oralidad y la inmediaci\u00f3n, el juez brind\u00f3 los fundamentos de la sentencia en la misma audiencia. En ese sentido, expuso que al momento de homologar el acuerdo tuvo en cuenta la situaci\u00f3n en la que se produjo el hecho, puesto que G.H.S. fue amenazado y agredido verbalmente por el damnificado y que, a partir de la violaci\u00f3n de domicilio que habr\u00eda sufrido, decidi\u00f3 tomar el arma y repeler la agresi\u00f3n, ya que adentro de la vivienda se encontraban su mujer y sus hijos.<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n consider\u00f3 la confesi\u00f3n del propio imputado como autor del hecho, el arrepentimiento mostrado por lo sucedido y su voluntad para lograr una adecuada reinserci\u00f3n social; adem\u00e1s del informe del m\u00e9dico forense, que determin\u00f3 que las lesiones producidas a la v\u00edctima no pusieron en riesgo su vida en ning\u00fan momento.<\/p>\n\n\n\n<p>En caso de que el ahora condenado cometa un nuevo delito o desobedezca las reglas de conducta estipuladas, se le podr\u00e1 revocar la ejecuci\u00f3n condicional de la pena y transformarla en prisi\u00f3n de cumplimiento efectivo.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>G.H.S. fue condenado a la pena de 1 a\u00f1o de prisi\u00f3n en suspenso, accesorias de ley y costas procesales. 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