Este viernes, se llevó a cabo la formulación de cargos en contra de A.G.A., un joven de 22 años señalado como presunto autor del delito de hurto agravado.
El hecho que se investiga ocurrió en Santa Rosa del Conlara, y el damnificado es un empleado municipal encargado de la recaudación de fondos en eventos organizados por el municipio.
Según relató la Fiscal Adjunta, Silvina Argüello, el 29 de enero de este año el denunciante salió de trabajar y llevó la recaudación a su casa en una mochila que contenía una importante suma de dinero en pesos. Luego se retiró por algunas horas y, al regresar, la mochila ya no estaba. También reportó el faltante de dinero en moneda extranjera de su propiedad.
La teoría del caso de la fiscalía, es que el imputado utilizó una copia de la llave del inmueble para ingresar.
Al respecto, la fiscal explicó que el hermano del damnificado es amigo de A.G.A., y que éste visitó el domicilio días antes del hecho cuando el denunciante salió de viaje y dejó la vivienda al cuidado de su hermano.
Conforme a las evidencias reunidas; el 1 de febrero se llevó a cabo un allanamiento en el domicilio del imputado, donde la policía encontró el dinero y las llaves denunciadas.
Momentos previos, se le realizó una requisa personal, donde le secuestraron una mochila y dos teléfonos celulares.
Por todo ello, la fiscal formalizó la imputación en contra de A.G.A. como presunto autor del delito de hurto agravado por el uso de llave verdadera que hubiere sido sustraída, hallada o retenida (Artículo 163, apartado tercero, del Código Penal Argentino); y peticionó un plazo de 120 días para finalizar la investigación.
En contrapartida, el Defensor Oficial en lo Penal, José Francisco Pérez, junto a su par adjunta, María Luz Vílchez; solicitaron no hacer lugar a la formulación de cargos por ausencia de determinación del modo, tiempo y circunstancias del hecho. Con relación a ello, dijeron que la fiscalía no ha podido ubicar a su defendido en el lugar del ilícito. Tampoco se ha probado si el denunciante tenía efectivamente la suma denunciada, o si el dinero secuestrado es el reportado en la denuncia.
Asimismo, pidieron la nulidad de la requisa personal, al considerar que fue una injerencia arbitraria por parte de la policía, que lo interceptó en el balneario de Santa Rosa y lo intimó a mostrar las pertenencias que llevaba en su mochila sin informarle sus derechos ni el motivo de la investigación.
Por último, afirmaron que la mochila secuestrada en la requisa es propiedad de su defendido, y que se secuestró una segunda mochila, de similares características a las mencionadas por el denunciante, que fue encontrada en Ruta Provincial N°5.
La fiscalía se opuso a la nulidad planteada, manifestando que para realizar una requisa personal no es necesario, en principio, informarle a la persona los hechos que se le imputan si se sospecha que ésta puede tener elementos vinculados a un ilícito. Dijo, además, que el procedimiento se realizó en presencia de dos testigos y que, previo al allanamiento, A.G.A. fue notificado conforme lo establece el Código de Procedimiento.
Luego de escuchar a las partes, el juez de garantía interviniente, Jorge Pinto, resolvió rechazar el planteo de nulidad de la defensa y tener por válido el procedimiento de requisa personal, fundando lo dispuesto en la orden de allanamiento que dictó el 1 de febrero alrededor de las 14:00 hs., a través de la cual, autorizó a la policía a registrar el domicilio de A.G.A. y, eventualmente, requisar al sospechoso.
En cuanto al planteo de no tener por formulados los cargos, el juez consideró que se trata de una imputación provisoria, en virtud de que la investigación es incipiente y que, a medida que se desarrolle la misma, la fiscalía deberá determinar si cuenta con elementos para mantener, ampliar o desistir de la acusación.
Por esa razón, dispuso hacer lugar a la formulación de cargos en contra del imputado y conceder los 120 días requeridos por el Ministerio Fiscal para llevar adelante la labor investigativa.